DPD Delegado Protección de Datos Ecuador - LATAM Datos Personales

DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS ECUADOR

Su empresa debe nombrar un DPD ahora

Si aún no ha registrado su Delegado de Protección De Datos, puede ser sancionado. Su empresa debió cumplir con este requisito a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

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Delegado de Protección de Datos Ecuador

La SPDP ya está sancionando

El 1 de diciembre de 2025, la Superintendencia de Protección de Datos Personales emitió sus primeras sanciones graves: más de USD 454.000 en multas a LigaPro y la Federación Ecuatoriana de Fútbol por el manejo inadecuado de datos biométricos en sus apps Fan ID y Fan FEF.

¿Las fallas? Las mismas que tienen la mayoría de empresas hoy:

MULTA FEDERACIÓN ECUATORIANA DE FÚTBOL

$454.500

"esto no me aplica" puede resultar costoso

Desde julio de 2025, existe un reglamento claro: si su empresa trata datos personales en ciertos sectores, debió haber registrado un Delegado de Protección de Datos antes del 31 de diciembre.

No es opcional. No es «buena práctica». Es obligación legal con plazos y sanciones definidas.

Lo que hoy parece un trámite que puede esperar, mañana puede convertirse en una inspección, un requerimiento de información o una sanción proporcional a su facturación. Y en ese momento, improvisar ya no es opción: la SPDP pide evidencias, no intenciones.

Superintendencia de protección de datos - Ecuador LOPD

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Tercera.- Los responsables o los encargados del tratamiento de datos personales del sector privado que, de conformidad con la LOPDP y el RGLOPDP, deban contar con un delegado, deberán realizar la inscripción de sus respectivos delegados para así cumplir lo que se encuentra establecido en el artículo 5. Para ello, los responsables o los encargados podrán registrar los nombramientos de sus delegados de manera física, electrónica y/o digital ante la SPDP desde el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre del 2025.

El incumplimiento del registro por parte de los responsables o los encargados del tratamiento pertenecientes al sector privado, dentro del plazo señalado, será considerado como una falta de cumplimiento de medidas de seguridad de carácter jurídico, de acuerdo con la LOPDP.

Nombrar mal al DPD es casi lo mismo que no tenerlo

No vale nombrar «al de sistemas» o a «la de recursos humanos» solo porque «ellos manejan datos». La ley exige requisitos específicos, una formación profesional concreta y funciones que no se pueden improvisar.

La ley define quién puede ser DPD y no es negociable.

Si la SPDP revisa su registro y el perfil no cumple, el nombramiento puede ser cuestionado. Y usted queda expuesto: sin DPD válido, sin defensa sólida, y con una autoridad que ya demostró que sí actúa.

REGLAMENTO GENERAL DE LA LOPDP (RGLOPDP)

Requisitos para ser delegado.- Sin perjuicio de otros requisitos que establezca la Autoridad de Protección de Datos Personales, para ser delegado de protección de datos personales, se requerirá:
1. Estar en goce de los derechos políticos;
2. Ser mayor de edad;
3. Tener título de tercer nivel en Derecho, Sistemas de Información, de Comunicación, o de Tecnologías; y,
4. Acreditar experiencia profesional de por lo menos cinco años.

Impedimento para ser delegado.- Sin perjuicio de otras que defina la Autoridad de Protección de Datos Personales, no podrán ser delegados de protección de datos personales las siguientes personas:
1. Quienes formen parte de los órganos de administración y control del responsable y encargado;
2. Los socios o accionistas del responsable y encargado;
3. Los cónyuges de los administradores, directores o comisarios de la compañía, en caso de haberlos, del responsable y encargado, o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; y,
4. Quienes tengan conflictos de intereses con el responsable y encargado, para lo cual la Autoridad de Protección de Datos Personales emitirá la normativa correspondiente en la que se establecerán los supuestos específicos que darían lugar a dicho conflicto de intereses.
Tratándose de las instituciones del sector público, la Autoridad de Protección de Datos Personales definirá las incompatibilidades para ser delegado de protección de datos personales para cada caso en particular.

SU EMPRESA PUEDE ESTAR OBLIGADA A DESIGNAR UN DELEGADO

El Regimen de Protección de Datos Ecuatoriano define con claridad quiénes están
obligados a contar con un Delegado de Protección de Datos Personales.

Todas las entidades del sector público según el artículo 225 de la Constitución están obligadas.

Instituciones de educación inicial, básica, bachillerato y educación superior en cualquier modalidad.

Actores del sistema de salud que mantienen historias clínicas de pacientes, excepto profesionales independientes.

Empresas dedicadas a la producción, distribución y comercialización de medicamentos, así como laboratorios, empresas de representación y farmacias.

Empresas que realizan actividades financieras, compañías de seguros, reaseguros, asesores, corredores y agentes del sector asegurador.

Empresas de publicidad, prospección comercial o investigación de mercados que traten datos basados en preferencias, intereses o comportamiento de titulares, o que elaboren perfiles.

Prestadores de servicios de telecomunicaciones.

Empresas de seguridad privada, fideicomisos o personas jurídicas que administren urbanizaciones, conjuntos residenciales o propiedades horizontales por control de accesos y videovigilancia.

Federaciones o asociaciones deportivas profesionales, sociedades anónimas deportivas, clubes profesionales y academias deportivas.

Colegios, gremios y asociaciones profesionales legalmente constituidas.

Empresas que ofrezcan servicios de videovigilancia masiva, geolocalización, tecnologías de la información o desarrollo e implementación de inteligencia artificial.

Alianzas público-privadas y concesionarias que distribuyan, comercialicen o suministren servicios públicos.

Si su organización pertenece a alguno de estos sectores o trata datos sensibles, la obligación es clara. No designar un DPD válido y no haberlo registrado antes no solo la expone a sanciones: la deja sin defensa ante inspecciones, reclamaciones o denuncias.

La solución es más simple y menos costosa de lo que parece

Un abogado experto de nuestro equipo puede cumplir el rol de Delegado de Protección de Datos para su empresa para garantizar el cumplimiento normativo, proteger su información y evitar sanciones, ajustándose a sus necesidades específicas sin cargar su operación o su presupuesto.

Puede contratar el servicio de DPD dependiendo del tamaño de su organización, el sector y el volumen de datos que trata desde:

USD 250 + IVA al mes

El DPD de LATAM Datos Personales incluye*

* Los servicios incluidos dependerán del paquete contratado por el cliente de acuerdo a la escala del tratamiento.

¿Qué determina el costo del delegado?

El valor del servicio se ajusta de acuerdo a las siguientes variables:

Factor Impacto
Tamaño y complejidad
Una empresa con múltiples procesos de tratamiento, sedes o plataformas digitales requiere mayor dedicación que una organización pequeña con tratamientos básicos.
Sector de actividad
Sectores de alto riesgo (salud, financiero, telecomunicaciones, datos biométricos) exigen mayor supervisión técnica y legal.
Volumen de datos tratados
Más datos personales tratados implican mayor responsabilidad, más registros de actividades y mayor exposición ante inspecciones.
Nivel de madurez en cumplimiento
Si su organización parte de cero, el acompañamiento inicial es más intenso. Si ya tiene procesos documentados, la supervisión es más ligera.
Frecuencia de acompañamiento
Informes trimestrales, semestrales o anuales; disponibilidad de consulta permanente o puntual, el nivel de riesgo de ser requerido; todo influye en la dedicación y disponibilidad del servicio.

BACKOFFICE LPD - RESPALDO JURÍDICO AL DELEGADO

¿Ya nombró un DPD pero no sabe qué hacer ahora?

Nombrar a alguien cumple con el registro, pero no con la protección real. Si su DPD no sabe por dónde empezar, nosotros lo guiamos sin complicar su operación.​

Respaldo profesional a su DPD sin contratar más personal

Si su delegado designado no conoce qué actividades debe supervisar, cómo responder ante la SPDP, qué documentos debe exigir al responsable o cómo gestionar una solicitud de derechos de un titular, en terminos prácticos la empresa sigue expuesta a sanciones, inspecciones y reclamaciones. 

En este caso, su delegado necesita apoyo técnico y jurídico para hacer bien su trabajo. Nosotros se lo damos de forma remota, ágil y sin romper su presupuesto.

Por eso creamos BackOffice LDP: una consultoría digital continua para que su DPD tenga a quién preguntarle, quién revise sus documentos y le respalde ante inspecciones o reclamaciones.

Desde USD 100/mes + IVA, según el nivel de respaldo que realmente necesite.

Backoffice DPD - Delegado de Protección de Datos Ecuador

PREGUNTAS FRECUENTES (faq)

¿Qué incluye el servicio de delegado de protección de datos DPD?
  • Designación formal y registro ante la SPDP de un delegado que cumple todos los requisitos legales.
  • Supervisión continua del cumplimiento de la LOPDP en sus procesos de tratamiento de datos.
  • Asesoría técnica y jurídica sobre obligaciones, medidas de seguridad y evaluaciones de impacto.
  • Punto de contacto oficial con la autoridad para inspecciones, requerimientos o consultas.
  • Revisión de solicitudes de ejercicio de derechos (ARCO+) presentadas por titulares.
  • Informes periódicos de cumplimiento para la dirección de su empresa.
  • Acompañamiento en caso de inspecciones, denuncias o procedimientos administrativos.
  • Defensa jurídica en caso que sea necesario.
¿Cuánto cuesta realmente?

Nuestro servicio inicia en un valor mensual de $250 + IVA y cubre la exigencia de la SPDP de tener un Delegado (DPD).

¿Realmente mi empresa está obligada a tener un DPD?

Si su organización pertenece a sectores como educación, salud, financiero, seguros, telecomunicaciones, seguridad privada, propiedad horizontal, gremios empresariales, deporte profesional, publicidad basada en perfiles, o trata datos sensibles o de menores, sí está obligada según la Resolución Nº SPDP-SPD-2025-0028-R.

Si tiene dudas, podemos hacer un diagnóstico rápido sin costo para confirmar si aplica.

¿Es lo mismo un responsable del tratamiento y un DPD?

No, El responsable del tratamiento es una persona natural o jurídica que toma decisiones sobre el uso de los datos personales, mientras que el Delegado de Protección de Datos debe asesorar, supervisar el cumplimiento legal y además es el punto de contacto entre el responsable y la Superintendencia de Protección de Datos Personales.

¿No puedo simplemente nombrar a alguien de mi equipo?

Puede, pero solo si esa persona cumple con los requisitos legales: título de tercer nivel en Derecho, Sistemas, Comunicación o Tecnologías, mínimo 5 años de experiencia profesional, y mantener independencia frente a quien implementa o maneja los datos.

Si no cumple esos requisitos, el nombramiento puede ser cuestionado por la SPDP. Y usted queda sin defensa.

¿No es muy caro para el tamaño de mi empresa?

El servicio arranca desde USD 350 + IVA por mes, dependiendo del tamaño y complejidad de su organización.

Para ponerlo en perspectiva: eso es muchísimo menos de lo que puede costar una sola multa menor de la SPDP. Las primeras sanciones graves en Ecuador superaron los USD 450.000.

¿Qué pasa si no registré al DPD antes del 31 de diciembre?

El incumplimiento del plazo se considera una falta en las medidas de seguridad de carácter jurídico, según la LOPDP. Eso lo expone a sanciones, inspecciones y quedar sin defensa ante reclamaciones o denuncias de titulares.

Ya tenemos ISO 27001, ¿no es suficiente?

ISO 27001 es un estándar de gestión de seguridad de la información, voluntario y enfocado en protección técnica. La LOPDP es una ley nacional obligatoria que regula principios, legitimación, derechos de titulares, consentimientos, registros de actividades y transferencias.

Aunque son complementarios, no son equivalentes. Tener ISO 27001 ayuda, pero no sustituye la obligación de cumplir la LOPDP ni de designar un DPD.

¿El DPD va a meterse en nuestras operaciones diarias?

No. El DPD supervisa y asesora, no ejecuta ni decide sobre sus procesos. Su equipo sigue operando con normalidad; el delegado revisa que lo hagan conforme a la ley y emite recomendaciones.

Si contrato un DPD externo, ¿quién responde ante la SPDP?

El responsable del tratamiento sigue siendo su empresa. El DPD actúa como punto de contacto, asesora y facilita la comunicación con la autoridad, pero no asume la responsabilidad legal que le corresponde a la organización.

¿Qué diferencia hay entre un DPD externo y uno interno?

Un DPD externo es una persona de nuestro equipo dentro de un contrato como proveedor de servicios, que no tiene conflictos de interés con su operación, tiene toda la experiencia necesaria y cumple los requisitos legales sin agregar personal a su nómina.

Un DPD interno es alguien de su equipo que, además de cumplir los requisitos legales, debe mantener independencia real frente a quien implementa o toma decisiones sobre los datos.

¿Puedo contratar a alguien que hizo un curso de USD 300 como DPD?

No. Un curso privado no sustituye los requisitos legales: título de tercer nivel en áreas específicas y experiencia mínima de 5 años. La SPDP puede revisar el perfil del delegado registrado y cuestionarlo si no cumple.

¿Qué pasa si la SPDP inspecciona mi empresa y no tengo DPD registrado?

Sin DPD registrado, usted no tiene punto de contacto oficial ni defensa técnica estructurada. La SPDP puede constatar un incumplimiento directo de la normativa, imponer medidas correctivas inmediatas y, si no se subsanan, sanciones proporcionales a su facturación que pueden afectarlo seriamente.

¿El servicio incluye también la implementación de políticas y documentos?

El servicio de DPD cubre supervisión y asesoría. La implementación (documentos, políticas, registros) la realizamos como servicio separado para respetar la independencia del delegado que exige la ley.

Si contrata 12 meses de DPD, incluimos sin costo adicional una implementación básica (diagnóstico, documentación mínima, capacitación inicial).

¿Cuánto tiempo toma cumplir con todo esto?

Designar y registrar el DPD puede hacerse en días. La implementación básica (documentos mínimos, capacitación) toma entre 2 y 4 semanas.

Lo importante es actuar antes del 31 de diciembre para cumplir el plazo legal.

¿Aún tiene dudas sobre la exigencia del DPD?

Podemos atender sus preguntas, analizar si su empresa debe cumplir con este requisito y hacer un presupuesto que se ajuste a sus necesidades.

IMPLEMENTACIÓN EXPRESS

Con una pequeña inversión, le ayudamos a cumplir con la LOPD

La Implementación Express está diseñada por abogados expertos en protección de datos para entregar una solución según sus necesidades operacionales, implementada hasta el cumplimiento real, sin dejarle solo.

Sin importar el tamaño de su organización podemos ayudarte a cumplir con un proceso sencillo, acelerado y efectivo.

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Uno de nuestros expertos puede diagnósticar su operación y enviarle una cotización de servicios.

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